EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 11 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad accidental de Alcobendas n.º 2, por la que suspende la inscripción de una escritura de compraventa.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-22009

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Hablando claro

Un registrador de la propiedad en Alcobendas ha rechazado la inscripción de una vivienda comprada por un matrimonio porque falta claridad en cómo justifican que sea privativa (solo del marido y no ganancial del matrimonio). Aunque ambos cónyuges están de acuerdo en que la propiedad sea solo del marido porque él pagó todo con su dinero privado, el registrador suspende la inscripción porque no está bien explicado si ese acuerdo tiene o no una compensación económica equivalente, cosa que la ley exige. El notario que redactó la escritura ha recurrido esta decisión ante la Dirección General de Seguridad Jurídica.

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Cómo te afecta

Si eres una pareja casada en régimen de gananciales y queréis comprar una vivienda que sea privativa de uno de vosotros, debéis aseguraros de que en la escritura quede muy claro si hay una compensación económica de por medio (algo que recibe el otro cónyuge a cambio). Si no lo especificáis correctamente, el registro de la propiedad puede rechazar la inscripción y tendréis que volver a tramitarlo con más detalle.