EL CÓDICE

El diario con la información oficial

Año 2026
← Volver a El Códice

Resolución de 16 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles de Almería, por la que se rechaza la inscripción de cambio de socio único y de elevación a público de acuerdos sociales de una sociedad de responsabilidad limitada.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-22018

—

Hablando claro

Una viuda y sus hijos pretendían inscribir en el Registro Mercantil cambios en una sociedad tras la muerte del socio único: que la propiedad de las participaciones pasara a ellos como herederos y que se designara a la viuda como administradora. El registrador rechazó la inscripción alegando que faltaba documentación (concretamente, acreditar quiénes eran los herederos mediante un testamento o acta de declaración de herederos). La viuda ha recurrido esta decisión ante la Dirección General de Seguridad Jurídica, que ahora resuelve si el registrador actuó correctamente.

—

Cómo te afecta

Si eres heredero de un socio único que ha fallecido y quieres que tu participación en la empresa se inscriba en el registro, deberás presentar documentos que demuestren quiénes sois los herederos (testamento o acta de declaración de herederos) antes de poder inscribir los cambios de propiedad y administración en la sociedad.