Resolución de 1 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa emitida por el registrador de la propiedad de Lorca n.º 3, por la que se deniega la inscripción de la declaración de obra nueva y la georreferenciación de una finca, por haberse presentado alegaciones en el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria tramitado para inscribir la rectificación de superficie y la georreferenciación de la finca.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-22037
Hablando claro
Un juez administrativo ha resuelto que el Registro de la Propiedad de Lorca número 3 actuó correctamente al denegar la inscripción de una finca heredada con su nueva georreferenciación (ubicación exacta). Los herederos P. y R. M. B. querían actualizar los datos de una finca que habían heredado, pero una vecina se opuso alegando que la nueva ubicación invadía su propiedad, por lo que el registrador rechazó la inscripción. La Dirección General de Seguridad Jurídica ha confirmado que esta denegación fue legal porque existía un conflicto con los colindantes que escapa de los procedimientos administrativos simples.
Cómo te afecta
Si eres heredero de una finca y quieres actualizar su descripción y ubicación en el Registro de la Propiedad, ten en cuenta que si un vecino colindante se opone argumentando que la nueva ubicación invade su propiedad, el registrador puede denegar tu solicitud, incluso aunque tengas documentación catastral que lo respalde. En ese caso, deberás resolver el conflicto con el vecino (posiblemente en juzgado) antes de poder inscribir la rectificación.
Fuente oficial