EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 6 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Fuenlabrada n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa en la que tres hermanos venden cada uno su tercera parte indivisa de una misma finca, pero uno de ellos en un precio muy inferior a los otros dos.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-22198

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Hablando claro

Un notario recurre la decisión de suspender el registro de una venta de una finca entre tres hermanos porque uno de ellos vende su parte por solo 1.000 euros mientras los otros dos venden la suya por 47.000 euros cada uno. El Registro de la Propiedad ha bloqueado la inscripción porque uno de los vendedores está en concurso de acreedores (quiebra) desde junio de 2024, y en esa situación legal no puede vender bienes sin la autorización del administrador concursal, que no intervino en la escritura.

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Cómo te afecta

Si eres uno de los compradores de esta finca, tu compra no se puede inscribir en el Registro de la Propiedad mientras no se resuelva este problema legal, lo que significa que aunque tengas la escritura, el bien no quedará legalmente a tu nombre ante terceros. Si eres acreedor del vendedor en concurso, esta venta afecta a tu derecho de cobro, ya que la Ley exige controles especiales cuando alguien en quiebra intenta vender sus bienes.